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Hasta el momento, *738 viviendas han resultado afectadas* y unas *3,690
personas han sido movilizadas hacia zonas seguras*. Además, se reportan *5
carre...
Designan a fiscal interino en SPM tras muerte de Anibel González
jueves, 5 de septiembre de 2019
Redacción CNS….-
SAN PEDRO DE MACORIS….- El Consejo Superior del Ministerio
Público designó como procuradora fiscal titular interina del Departamento
Judicial de San Pedro de Macorís a la magistrada Antonia Idalia Jiménez
Estévez, en sustitución del fiscal suspendido Pedro Núñez Jiménez.
La
magistrada Jiménez Estévez, quien es miembro de la carrera del Ministerio
Público, al momento de su designación se desempeñaba como procuradora fiscal en
la jurisdicción de Santiago, con las funciones de directora del Departamento de
Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados.
Desde el año
2005 la magistrada Jiménez Estévez ha ejercido diferentes funciones en el
Ministerio Público, específicamente en el Distrito Judicial de Santiago, donde
se ha desempeñado como fiscalizadora, fiscal supervisora del Departamento de
Calificación y Gestión de Procesos y directora técnica de la Procuraduría
Fiscal.
Los fiscales
suspendidos Pedro Núñez Jiménez y Margarita Hernández Morales violaron dos
instrucciones institucionales durante el proceso penal seguido a Yasmil Oscar
Fernández, quien mató a su expareja Anibel González y luego se suicidó.
Fernández mató de varios disparos a la joven abogada luego de salir del cárcel,
por haber intentado asesinarla, tras un acuerdo parcial.
Ayer, la
Procuraduría General de la República (PGR) dijo que los fiscales suspendidos,
quienes actuaron en el proceso penal contra Fernández en San Pedro de Macorís,
violaron dos instrucciones en el abordaje correcto de esos casos, ya que
explicó que los acuerdos plenos y parciales en un proceso penal y
específicamente en caso de violencia de género agravada, están sujetos a ser
comunicados previamente al director nacional de persecución y autorizados por
este funcionario de la institución.
En un
comunicado de prensa, informó que las malas actuaciones consistieron en lo
siguiente, primero, violaron los lineamientos puestos en marcha por la
institución para la investigación y persecución eficaz de los casos
relacionados a la violencia de género.
Segundo,
también violaron lo establecido en el memorándum de fecha 28 de febrero del
2017 donde les instruye a los fiscales titulares que los acuerdos, tanto plenos
como parciales, previo a su ejecución, deben ser notificados y autorizados por
escrito por el director general de Persecución del Ministerio Público.
La PGR dijo
que cuando las autoridades superiores del Ministerio Público tuvieron
conocimiento del acuerdo, ya estaba homologado por un juez y que de acuerdo a
la norma procesal, la única vía que tenía el órgano investigador actuante era
solicitar la revocación del mismo por ante el Juez de la Ejecución de la Pena,
siempre que tuviera información y evidencias de que el imputado estaba
incumpliendo con lo acordado en dicho acuerdo.
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