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Hookeros inconformes y con pérdidas, Danilo promulga Ley prohíbe uso de la hookah

martes, 19 de febrero de 2019

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Redacción CNS….-

SANTO DOMINGO…..- Al enterarse de la aprobación y días después la reciente promulgación de la ley que prohíbe el uso de la Kookah, la mayoría de los propietarios de negocios de expendio de bebidas alcohólicas y los que se especializan en la venta de este artefacto, comienzan a lamentarse, ante las pérdidas que dicen comenzarán a tener.
 
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Hookeros inconformes y con pérdidas
Dueños de Drink, Discotecas, bares y otros negocios, al igual que quienes utilizan las hookah, dicen que tenían un especial de ese servicio que dicen en ocasiones les dejaba más que venta de  las bebidas.

Contrarios a estos, otras personas consultadas por Cable Noticioso, dicen que ahora acudirán más a esos lugares de diversión, debido a que antes solo veían en su interior una fuerte humareda que tenían que inhalar sin ser parte de ese consumo que mucho ven como una diversión.

Este lunes el Presidente Danilo Medina promulgó la Ley 16-19 que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados.

La nueva Ley también prohíbe el uso de hookah en lugares cerrados bajo techo, de uso colectivo público y privado.

El artículo 4 de la Ley establece que serán sancionados con pena de cinco a diez salarios mínimos del sector público, los propietarios de establecimientos que permitan su uso. Así también serán castigados quienes usen la hookah en lugares públicos con penas de cinco a quince salarios mínimos.

La promulgada Ley indica que la Procuraduría General de la República será la responsable de la ejecución y cumplimiento de la ley.

La normativa indica que el uso del instrumento es transmisor de enfermedades y que en el país está incrementando el consumo de drogas.

En el artículo tres, la ley expresa que se prohíbe el uso de la pipa en lugares cerrados bajo techo de uso colectivos públicos y privados y en vehículos destinados al transporte de pasajeros.

De igual manera, la ley, de autoría de la diputada Miladys Núñez, que el no cumplimiento de las presentes disposiciones implica la incautación e “inmediata” destrucción de la hookah y sus componentes.

La Ley 16-19, que fue aprobada en la sesión del Senado de fecha 22 de enero de 2019, tiene ocho artículos e igual cantidad de considerandos. En el primero de ellos, establece que la Constitución dominicana prestará asistencia a los sectores vulnerables y “combatirá los vicios sociales” con las medidas adecuadas. En el tercero, explica que el usuario de la hookah “al compartir la boquilla está expuesto a la transmisión de enfermedades como la tuberculosis, el herpes labial, cáncer de pulmón y la destrucción de los dientes por causa del sarro”.

En el cuarto señala que, si bien es cierto, que en las culturas orientales el uso de la hookak se da para fumar cigarrillos, en el país “se le está dando un uso inadecuado”. En tanto, en el considerando número siete indica que: “Que el uso de la hookah se ha convertido en un atractivo para jóvenes, adolescentes y estudiantes, ya que en la cual no solo recurren al tabaco, sino que están empleando otras sustancias ilícitas, provocando un consumo mayor de drogas”.

También establece, en el apartado ocho, que este artefacto ha llegado a los parques y colmadones, bares y discotecas, establecimientos que lo alquilan a los presentes sin tener en cuenta las condiciones de salubridad y de la supervisión de las sustancias que serán inhaladas.


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