Sabías que la nueva ley contempla régimen matrimonial de separación de bienes
viernes, 3 de febrero de 2023
Redacción CNS.-
SANTO
DOMINGO.- La nueva ley sobre los
actos del Estado Civil obliga a la pareja que va a contraer matrimonio bajo el
régimen legal de la separación de bienes, a entregar al oficial del Estado
Civil un acto auténtico, instrumentado a esos fines por un notario, según lo
dispuesto en el numeral 8 del artículo 150.
Indica que en lo relativo al régimen económico
distinto a la comunidad legal de bienes, en el acta de matrimonio debe figurar
el tipo que se estableció en el acto notarial, el número y fecha del acto, el
notario público que lo instrumentó y el número de registro en la Dirección de
Conservaduría de Hipotecas del ayuntamiento que lo registró.
Así está estipulado en
el numeral 6 del artículo 151 de la Ley 4-23. Esa modalidad de
separación de bienes suele ser usada por personas que han acumulado un gran
patrimonio.
La legislación civil dominicana contempla dos
regímenes de matrimonios, en comunidad
de bienes y con separación, pero este último es poco frecuente, según consulta
realizada a varias parejas.
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