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Sabías que la nueva ley contempla régimen matrimonial de separación de bienes

viernes, 3 de febrero de 2023

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Redacción CNS.-

SANTO DOMINGO.- La nueva ley sobre los actos del Estado Civil obliga a la pareja que va a contraer matrimonio bajo el régimen legal de la separación de bienes, a entregar al oficial del Estado Civil un acto auténtico, instrumentado a esos fines por un notario, según lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 150.

 

Indica que en lo relativo al régimen económico distinto a la comunidad legal de bienes, en el acta de matrimonio debe figurar el tipo que se estableció en el acto notarial, el número y fecha del acto, el notario público que lo instrumentó y el número de registro en la Dirección de Conservaduría de Hipotecas del ayuntamiento que lo registró.

 

Así está estipulado en  el numeral 6 del artículo 151 de la Ley 4-23. Esa modalidad de separación de bienes suele ser usada por personas que han acumulado un gran patrimonio.

 

La legislación civil dominicana contempla dos regímenes de matrimonios,  en comunidad de bienes y con separación, pero este último es poco frecuente, según consulta realizada a varias parejas.


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