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Senado aprueba en dos lecturas la reforma a la Constitución

sábado, 28 de septiembre de 2024

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Redacciòn CNS.- 

Santo Domingo.- El Senado de la República aprobó en dos sesiones extraordinarias consecutivas el proyecto de ley de reforma a la Constitución de la República Dominicana.


Esta sería la ocasión número 40 en la que se modifica la Carta Magna.

El proyecto, que declara la necesidad de reformar la Constitución en los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274, busca unificar la celebración de las elecciones presidenciales, congresuales, municipales y demás representantes electivos, a través de la modificación de los artículos 209 y 274 de la Carta Magna.

La reforma a la Constitución contempla la reducción de la matrícula de los diputados de la República de 190 a 170. 

Plantea, además la modificación para sincronizar los períodos constitucionales, y que las elecciones se celebren el tercer domingo de mayo cada cuatro años, y las autoridades electas tomen posesión el 16 de agosto desde las elecciones del 2032.

Busca consolidar la autonomía constitucional del Ministerio Público y especializar sus funciones, que se designe por dos años, mediante la modificación de una serie de disposiciones constitucionales que van desde los requisitos y forma de designación del Procurador, hasta la competencia y atribuciones propias.

Establece garantizar la estabilidad constitucional de las reglas de elección presidencial, e impedir futuras modificaciones que versen sobre las mismas, mediante la modificación del actual artículo 268 de la Carta Magna.

El tema propuesto por algunos legisladores sobre si se incluye al presidente del Tribunal Constitucional (TC) en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) quedará en manos de la Asamblea Nacional Revisora, órgano que tendrá el poder para decidir sobre este particular.

Tanto el Senado de la República como la Cámara de Diputados tienen como función la aprobación del proyecto de ley que declara la necesidad de una reforma a diez artículos de la Constitución y de ordenar la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, organismo que conoce y decide sobre las reformas constitucionales.


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