El Presidente dispone nuevas reglas para ocupar puestos FFAA
sábado, 5 de junio de 2021
Redacción CNS.-
SANTO DOMINGO, RD.-El presidente Luis Abinader dispuso esta noche nuevas reglas para
ostentar a los cargos de dirección y subdirección dentro de las Fuerzas
Armadas.
A través del decreto número 361-21, el mandatario modifica el artículo
2,3 y 4 del decreto número 261-16, que instruye a los comandantes generales de
las FFAA, así como a todas las dependencias militares y de inteligencia del
Estado que sometan a la consideración del Ministro de Defensa los candidatos a
ostentar posiciones de directores o subdirectores, así como a cualquier
otra responsabilidad de similar jerarquía, del 19 de septiembre de 2016.
En el artículo 2 se indica que “Los comandantes generales propondrán al
Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender
deban ostentar los cargos de dirección o cualquier otra responsabilidad de
similar jerarquía, los cuales deberán tener más de 25 años en la institución,
haber realizado el curso del Estado Mayor correspondiente y cumplir con el
perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación
académica o técnica, condiciones morales y éticas, así como las demás que se
establecen reglamentariamente.
Mientras que en su artículo tres ordena que los comandantes generales
propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a
su entender deban ostentar los cargos de subdirección o cualquier otra
responsabilidad de similar jerarquía, los cuales deberán tener más de 20 años
en la institución, haber realizado el curso avanzado de infantería o plana
mayor correspondiente, cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad,
experiencia profesional, formación académica o técnica, condiciones morales y éticas,
así como las demás que se establecen reglamentariamente.
Así mismo, en el artículo 4 los oficiales auxiliares y los oficiales
especialistas candidatos para ostentar los referidos cargos quedan exceptuados
del requisito de haber realizado el curso de Comando y Estado Mayor o avanzado
de infantería.
No obstante, deben poseer título universitario y cumplir con el perfil
definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o
técnica, condiciones morales y éticas y las demás que se establemente
reglamentariamente y tener más de 25 años en la institución, en caso de
dirección y más de 20 años en caso de subdirección.
En su artículo 5 del referido decreto señala que estas reglas no aplican
para los que ya ostentan esas posiciones.
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