Cámara de Diputados reconoce aportes, honestidad y trayectoria del veterano
dirigente político Vicente Sánchez Baret
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*SANTO DOMINGO.-* La Cámara de Diputados reconoció los méritos ciudadanos
del licenciado, Vicente Sánchez Baret, así como sus grandes aportes a la
cons...
Intrant prohibirá circulación en todo el país de vehículos de carga durante fiestas de fin de año
lunes, 22 de octubre de 2018
Santo Domingo... - Aunque
faltan más de dos meses, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte
Terrestre (INTRANT), anunció este lunes que exceptuando las camionetas,
furgonetas y vehículos oficiales de emergencia o de servicio público, estará
prohibida la circulación de transporte de carga en todo el territorio nacional
desde el lunes 24 de diciembre a partir de las 12:00 de la media noche, hasta
el miércoles 26 a las 06:00 a.m. y desde el lunes 31 de diciembre, a partir de
las 12:00 de la media noche, hasta el miércoles dos (2) de enero de 2019 a las
06:00 a.m.
El aviso informa que siempre que exista una razón para
justificar la circulación en los horarios y días anteriormente señalados,
podrán hacerlo para transportar combustible, agua, leche, cerdos, pollos,
alimentos perecederos en corto tiempo o artefactos de organización de eventos,
en camiones de no más de una cola, debidamente inscritos en el Registro
Nacional de Vehículos de Carga y autorizados por INTRANT, mediante permisos con
protección para su fiscalización, obtenidos y pagados exclusivamente en línea
en el portal oficial www.intrant.gob.do, desde la fecha de esta publicación,
siguiendo las instrucciones indicadas en el referido sitio web.
La institución adopta la medida para garantizar la
seguridad de los ciudadanos en las vías y prevenir los siniestros de tránsito
ante los desplazamientos masivos por las festividades de Navidad y Año Nuevo.
La velocidad de circulación establecida para los
vehículos de carga es de 70 kilómetros por hora, viajando siempre por el carril
del extremo derecho, en todas las carreteras del país, en cumplimiento de la
Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la
República Dominicana.
En su Artículo 120 la sobre establecimiento de
horarios para el transporte de cargas, la Ley 63-17 dicta que el transporte de
cargas podrá circular en zonas específicas y en los horarios que previo estudio
establezca el INTRANT, para que coincidan con los períodos de menor congestión
vehicular para cargar y descargar mercancías, residuos y escombros.
INTRANT es el instituto rector y regulador del
transporte terrestre en la República Dominicana, encargado de cumplir y hacer
cumplir la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial.
En la actualidad trabaja para la implementación del
Plan Nacional de Seguridad Vial y tiene como meta reducir en un 30 % las
víctimas de la siniestralidad al año 2020.
Incidencias
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