Donni Santana busca obtener su libertad
miércoles, 10 de marzo de 2021
Redacción CNS.-
SAN PEDRO DE MACORÍS .- El expresidente del Consejo Nacional de Frontera,
Donni Santana, condenado a 20 años de prisión tras ser declarado culpable de
incesto, busca obtener su libertad por ante el juez de ejecución de la penal
del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís.
El
sentenciado, quien cumple prisión en la cárcel de San Pedro de Macorís,
interpuso una instancia de revisión humanitaria, a través de sus abogados
Manuela Ramírez Orozco, Carlos Moreno y Sonnia Marlene Guerrero.
En
la instancia piden al juez de la ejecución de la pena que se le imponga
impedimento de salida y presentación periódica y que en caso contrario se
ordene el arresto domiciliario.
Alegan
que en marzo de 2020, el entonces procurador general de la República, Jean
Alain Rodríguez instruyó para que se solicitará de oficio el cambio provisional
de cumplimiento de medidas de coerción de prisión preventiva y de penas de
prisión en establecimientos penitenciarios por la de prisión domiciliaria e
impedimento de salida de hasta 60 días.
Aducen
que esto para privado de libertad mayores de 60 años y privados que presenten, sin
importar la edad, previa y aprobada condición de salud de alto riesgo ante la
pandemia del coronavirus y que las condiciones previas graves de salud a que se
refiere la instrucción se encuentran la diabetes, hipertensión, enfermedades
cardiovasculares o respiratorias.
Señalan
que Donni Santana se encuentra dentro de los internos penitenciarios que,
guardando prisión preventiva, cumple con los requisitos en este cuadro de
emergencia, además de encontrarse ventajosamente vencida el límite razonable de
la prisión preventiva, además de que padece de hipertensión, problemas renales
crónicos y demás situaciones de salud demostradas.
Refieren
que el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, mantuvo la medida de
coerción consistente en prisión preventiva en contra de Donni Santana, y que en
la actualidad la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito
Nacional, se encuentra apoderado de un recurso de apelación contra la sentencia
que lo condenó a 20 años de prisión.
Aducen
que la prisión preventiva es la más extrema de las medidas coercitivas
previstas en materia procesal penal y que a ella debe recurrirse sólo cuando se
cumplan estrictamente las circunstancias establecidas por la ley.
En
ese sentido, sostienen que de asumirse en contraposición al principio de
proporcionalidad podría convertirse en una pena anticipada que contravenga la
presunción de inocencia del imputado, desnaturalizando así, la esencia de la
normativa procesal que persigue que un ciudadano vaya a prisión solo en virtud
de sentencia firme e irrevocable y excepcionalmente, cuando surjan condiciones
espaciales, como ha ocurrido en caso de la especie.
Sostienen
que existen pruebas más que suficientes para sustentar que el imputado, al
contrario de lo establecido en la decisión que impuso la prisión preventiva,
así como por los presupuestos nuevos que se han depositado, es una persona con
arraigo, domiciliario, moral y familiar y laboral suficientes para ´poder
someterse a un juicio en libertad, ya que el mismo no presenta peligro de fuga.
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