“Plan Social está preparado” Envía insumos de emergencias a provincias bajo
alerta por lluvias
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*SANTO DOMINGO.-* La directora del Plan de Asistencia Social de la
Presidencia, Yadira Henríquez, informó que esta institución está lista para
asistir a...
Intrant anuncia prohibición de vehículos de carga en fiestas de fin de año
lunes, 22 de octubre de 2018
Redacción CNS….-
SANTO DOMINGO…….- Aunque faltan más de dos meses, el Instituto Nacional
de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), anunció este lunes que
exceptuando las camionetas, furgonetas y vehículos oficiales de emergencia o de
servicio público, estará prohibida la circulación de transporte de carga en
todo el territorio nacional desde el lunes 24 de diciembre a partir de las
12:00 de la media noche, hasta el miércoles 26 a las 06:00 a.m. y desde el
lunes 31 de diciembre, a partir de las 12:00 de la media noche, hasta el
miércoles dos (2) de enero de 2019 a las 06:00 a.m.
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Intrant anuncia prohibición de vehículos |
El
aviso informa que siempre que exista una razón para justificar la circulación
en los horarios y días anteriormente señalados, podrán hacerlo para transportar
combustible, agua, leche, cerdos, pollos, alimentos perecederos en corto tiempo
o artefactos de organización de eventos, en camiones de no más de una cola, debidamente
inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de Carga y autorizados por
INTRANT, mediante permisos con protección para su fiscalización, obtenidos y
pagados exclusivamente en línea en el portal oficial www.intrant.gob.do, desde
la fecha de esta publicación, siguiendo las instrucciones indicadas en el
referido sitio web.
La
institución adopta la medida para garantizar la seguridad de los ciudadanos en
las vías y prevenir los siniestros de tránsito ante los desplazamientos masivos
por las festividades de Navidad y Año Nuevo.
La
velocidad de circulación establecida para los vehículos de carga es de 70
kilómetros por hora, viajando siempre por el carril del extremo derecho, en
todas las carreteras del país, en cumplimiento de la Ley 63-17, de Movilidad,
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
En
su Artículo 120 la sobre establecimiento de horarios para el transporte de
cargas, la Ley 63-17 dicta que el transporte de cargas podrá circular en zonas
específicas y en los horarios que previo estudio establezca el INTRANT, para
que coincidan con los períodos de menor congestión vehicular para cargar y
descargar mercancías, residuos y escombros.
INTRANT
es el instituto rector y regulador del transporte terrestre en la República
Dominicana, encargado de cumplir y hacer cumplir la Ley 63-17 de Movilidad,
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
En
la actualidad trabaja para la implementación del Plan Nacional de Seguridad
Vial y tiene como meta reducir en un 30 % las víctimas de la siniestralidad al
año 2020.
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