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JCE elimina voto de arrastre de diputados a senadores pero solo en 26 provincias

miércoles, 8 de mayo de 2019

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Redacción CNS…..-

SANTO DOMINGO, RD…..- En una decisión “salomónica”, el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió eliminar de manera parcial el arrastre de los senadores para las próximas elecciones, pero con un desbalance evidente: se mantiene en 6 demarcaciones que representan el 58.8 % de los votantes del padrón electoral.

 
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JCE elimina voto de arrastre de diputados a senadores
Luego de que los principales partidos de oposición y otros minoritarios reclamaran la anulación de este sistema, que aplica el total de votos a los diputados de un partido al candidato a senador de su organización política, la JCE dispuso que solo se mantendrán en las provincias que estén divididas en circunscripciones electorales.

Estas provincias son La Vega (2 circunscripciones), Puerto Plata (2 circunscripciones), San Cristóbal (3 circunscripciones), Santiago (3 circunscripciones), Santo Domingo (6 circunscripciones) y el Distrito Nacional (3 circunscripciones).

De acuerdo con la resolución de la JCE, el arrastre se mantiene en estas provincias bajo lo establecido en el Párrafo IV del artículo 104 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral 15-19.

El artículo 104 trata sobre la conformación de las circunscripciones electorales, y en su párrafo III apunta que “los votos computados a los candidatos de una circunscripción determinada no les serán sumados a los candidatos de otras circunscripciones, aunque sean del mismo partido”. El párrafo siguiente, el IV y en el que se fundamenta la decisión, señala que “se exceptúan de la presente disposición los candidatos a senadores, a quienes se les computaran todos los votos obtenidos por el partido en toda la provincia”.

En el resto de las provincias habrá 4 boletas, una por cada nivel de elección, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 15-19: Presidencial, Senatorial, de Diputaciones y Municipal.

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) informó que recurrirán la decisión ante el Tribunal Constitucional, al considerarla “inaceptable y discriminatoria” y “que genera ciudadanos de primera clase y ciudadanos de segunda clase”.

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